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35
1 Y HABLÓ el SEÑOR a Moisés en los campos de Moab, junto al Jordán de Jericó, diciendo:
2 Manda a los hijos de Israel, que den a los levitas de la posesión de su heredad ciudades en que habiten: También daréis a los levitas los ejidos de esas ciuda­des alrededor de ellas.
3 Y tendrán ellos las ciudades para habitar, y los ejidos de ellas serán para sus animales, y para sus ganados, y para todas sus bestias.
4 Y los ejidos de las ciudades que daréis a los levitas, serán mil codos alrededor, desde el muro de la ciudad para afuera.
5 Luego mediréis fuera de la ciu­dad a la parte del oriente dos mil codos, y a la parte del sur dos mil codos, y a la parte del occidente dos mil codos, y a la parte del norte dos mil codos, y la ciudad en medio: esto tendrán por los ejidos de las ciudades.
6 Y de las ciudades que daréis a los levitas, seis ciudades serán de acogimiento, las cuales daréis para que el homicida se acoja allá: y además de éstas daréis cuarenta y dos ciudades.
7 Todas las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades; ellas con sus ejidos.
8 Y las ciudades que diereis de la heredad de los hijos de Israel, del que mucho tomaréis mucho, y del que poco tomaréis poco: cada uno dará de sus ciudades a los levitas según la posesión que heredará.
9 Y habló el SEÑOR a Moisés, diciendo:
10 Habla a los hijos de Israel, y díles: Cuando hubiereis pasado el Jordán a la tierra de Canaán,
11 Os señalaréis ciudades, ciuda­des de acogimiento tendréis, donde huya el homicida que hiriere a alguno de muerte por yerro.
12 Y os serán aquellas ciudades por acogimiento del pariente, y no morirá el homicida hasta que esté a juicio delante de la congre­gación.
13 De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de acogimiento.
14 Tres ciudades daréis de esta parte del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán; las cuales serán ciudades de acogi­miento.
15 Estas seis ciudades serán para acogimiento a los hijos de Israel, y al peregrino, y al que morare entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere de muerte a otro por yerro.
16 Y si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá:
17 Y si con piedra de mano, de que pueda morir, lo hiriere, y muriere, homicida es; el homici­da morirá.
18 Y si con instrumento de palo de mano, de que pueda morir, lo hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
19 El vengador de sangre mismo matará al homicida: cuando lo encontrare, él le matará.
20 Y si por odio lo empujó, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere;
21 O por enemistad lo hirió con su mano, y murió: el heridor morirá; es homicida; el vengador de sangre matará al homicida, cuando lo encontrare.
22 Mas si casualmente lo empu­jó sin enemistades, o echó sobre él cualquier instrumento sin ase­chanzas,
23 O bien, sin verlo, hizo caer sobre él alguna piedra, de que pudo morir, y muriere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal;
24 Entonces la congregación juz­gará entre el heridor y el venga­dor de sangre conforme a estas leyes:
25 Y la congregación librará al homicida de mano del vengador de sangre, y la congregación lo hará volver a su ciudad de refu­gio, a la cual se había huido; y morará en ella hasta que muera el gran sacerdote, el cual fue ungi­do con el aceite santo.
26 Y si el homicida saliere fuera del término de su ciudad de refugio, a la cual se acogió,
27 Y el vengador de sangre le hallare fuera del término de la ciudad de su refugio, y el venga­dor de sangre al homicida mata­re, no se le culpará por sangre:
28 Pues en su ciudad de refugio deberá aquél habitar hasta que muera el gran sacerdote: y des­pués que muriere el gran sacer­dote, el homicida volverá a la tie­rra de su posesión.
29 Y estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vues­tras edades, en todas vuestras habitaciones.
30 Cualquiera que matare a alguno, por dicho de testigos, morirá el homicida: mas un solo testigo no testificará contra alguna persona para que muera.
31 Y no tomaréis precio por la vida del homicida; porque está condenado a muerte: mas inde­fectiblemente morirá.
32 Ni tampoco tomaréis precio del que huyó a su ciudad de refu­gio, para que vuelva a vivir en su tierra, hasta que muera el sacer­dote.
33 Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis: porque esta sangre amancillará la tierra: y la tierra no será expiada de la san­gre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.
34 No contaminéis, pues, la tie­rra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo el SEÑOR habito en medio de los hijos de Israel.

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