11 »Será un año de gran felicidad. No sembrarán, no cosecharán granos, ni uvas, 12 porque es el año santo de jubileo para ustedes. Ese año se alimentarán de lo que la tierra produzca espontáneamente. 13 Durante el año del jubileo cada uno regresará a la posesión original de su familia. Si una propiedad ha sido vendida, le será devuelta a su antiguo dueño. 14-16 Por esta razón, si se vende la tierra durante los cuarenta y nueve años precedentes, se establecerá un precio justo, teniendo en cuenta los años que faltan para el jubileo. Si el jubileo está a muchos años de distancia, el precio será alto. Si faltan pocos años, el precio será bajo. Lo que realmente están haciendo es vender el número de cosechas que habrá hasta el próximo jubileo, cuando la tierra les sea devuelta por el que la compró.
20 »Pero preguntarán: ¿Qué comeremos el séptimo año, puesto que no se nos permite sembrar, ni cosechar? 21-22 La respuesta es: Los bendeciré con cosechas extraordinarias el sexto año, lo que les permitirá vivir hasta que obtengan la cosecha del octavo año.
25 »Si alguno se empobrece y vende parte de su tierra, sus parientes más cercanos pueden recuperarla. 26 Si no hay quien pueda recuperarla, y él mismo logra ganar suficiente dinero, 27 entonces puede comprarla a un precio proporcional al número de cosechas que falten para el jubileo; y el que posee la tierra deberá aceptar el dinero, y devolvérsela a su dueño original. 28 Pero, si este no puede recuperarla antes, pertenecerá al que se la compró hasta el año del jubileo, y ese año la devolverá.
29 »Si un hombre vende una casa en la ciudad, tiene un año para recuperarla, con plenos derechos de recuperación durante ese tiempo. 30 Pero la casa no recuperada dentro de ese año, pertenecerá definitivamente al nuevo propietario, y no será devuelta a su dueño original en el año del jubileo. 31 Pero las casas de los pueblos —que se distinguen de las ciudades en que no tienen murallas alrededor— son como la tierra; y se pueden recuperar en cualquier tiempo, y siempre serán devueltas a sus propietarios originales en el año del jubileo.
32 »Hay una sola excepción: Las casas de los levitas, aun cuando estén en ciudades amuralladas, podrán ser recuperadas en cualquier tiempo, 33 y serán devueltas a sus propietarios originales en el año del jubileo. Esto se debe a que los levitas no recibirán tierra agrícola como las otras tribus; solamente recibirán casas en las ciudades y el campo que las rodea. Esa es su única heredad familiar. 34 No se permite que los levitas vendan los campos que están alrededor de sus ciudades, porque estas son posesión permanente de ellos, y no pueden pertenecer a otras personas.
35 »Si su hermano empobrece, ustedes tienen la obligación de ayudarlo, tal como harían con un extranjero; de esa forma él podrá seguir viviendo entre ustedes. 36 Teman a Dios y dejen que su hermano viva con ustedes. No le cobren interés por el dinero que le presten. 37 Recuerden: No le cobren interés. Denle al costo cuanto necesita. No traten de hacer ganancia a costa de su pobreza. 38 Porque yo, el Señor su Dios, los saqué de Egipto, para darles la tierra de Canaán, y para ser su Dios.
39 »Si un israelita empobrece y se vende como esclavo, no deben tratarlo como a un esclavo común, 40 sino como a un servidor a sueldo o como un huésped. Él les servirá solamente hasta el año del jubileo. 41 Entonces, ese año quedará libre junto con sus hijos, y podrá regresar a su familia y a sus posesiones. 42 Yo los saqué de Egipto, y ustedes son mis siervos. Por lo tanto, no podrán venderse como esclavos comunes 43 ni ser tratados duramente. Teman a su Dios.
44 »Sin embargo, pueden comprar esclavos de las naciones que viven a su alrededor, 45 y pueden comprar los hijos de los extranjeros que vivan en medio de su pueblo, aun cuando hayan nacido en su tierra. 46 Ellos serán esclavos permanentes y serán heredados por sus hijos. Pero sus hermanos, miembros del pueblo de Israel, no serán tratados así.
47 »Si un extranjero que vive en Israel se enriquece, y un israelita empobrece y se vende como esclavo al extranjero, o a la familia del extranjero, 48 podrá ser redimido por uno de sus hermanos, 49 por su tío, su sobrino, o cualquier pariente cercano. También puede redimirse a sí mismo, si reúne el dinero. 50 El precio de su libertad se acordará en proporción al número de años que falten para el jubileo, es decir, lo que costaría contratar a un sirviente por ese número de años. 51 Si aún faltan muchos años para el jubileo, pagará la cantidad que recibió cuando se vendió. 52 Si los años han pasado y solamente quedan pocos para el jubileo, pagará solamente una pequeña parte de la cantidad que recibió cuando se vendió. 53 Si se vende a un extranjero, el extranjero deberá tratarlo como a un sirviente a sueldo y no como a un esclavo o a una propiedad suya.
54 »Si al llegar el año del jubileo, el israelita que tuvo que venderse como esclavo no fue rescatado en esta forma, entonces él y sus hijos quedarán libres. 55 Pues ustedes los israelitas son mis siervos, yo los rescaté de la esclavitud de Egipto. Yo soy el Señor su Dios.
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